Miguel Jorge
21 de febrero, 2012.
En el mundo físico, cuando una persona se muere parece razonable pensar que sus bienes pasan a sus seres allegados, bien a través de un testamento o bien como parte del ritual de la vida. ¿Tenemos los mismos derechos en el mundo digital? ¿Qué pasa con la compra y/o descarga de material digital? Esta misma pregunta se ha planteado en la página which? consultando a abogados en materia de derechos de autor. La respuesta, contra toda lógica, es que el negocio está montado de forma que nuestras compras fueron un alquiler de licencia en vida mas que una compra de un producto. Ceder nuestras descargas y archivos comprados, aún fallecidos, podría violar los términos del contrato de sitios como Amazon o iTunes.
En
este caso habrían dos posturas muy claras. Parece razonable pensar que
si un individuo ha pagado por una colección de material digital, sea el
que sea, podría llegar a transmitir sus compras una vez muerto. No así
si nos fijamos en los términos de servicios de las plataformas de
compra.
El estudio se realizó a través de dos de los gigantes,
Apple y Amazon, bajo la siguiente premisa: ¿podríamos pasar nuestras
descargas digitales después de la muerte?
La respuesta no podría
ser más ambigua según los expertos consultados. Por más que vivamos en
la explosión de la compra digital, los derechos de transmisión de
propiedad que hemos pagado mantienen un vacío legal que abre las puertas a la pérdida de nuestras compras una vez fallecidos.
Tanto en Amazon como en iTunes, los derechos de los clientes para transmitir no existen.
Por ejemplo, si compramos una pista o tema digital, lo que realmente
hacemos es comprar una licencia para poder reproducir esa pista, dicho
de otra forma, se nos concede una pista individual para hacer uso de
ella, pero no es transferible una vez fallecidos.
La razón no es
otra que los términos. Cuando decimos que legalmente alquilamos las
pistas significa que no nos pertenecen, no las poseemos. Así lo confirma
Matthew Strain del bufete de abogados Strain-Keville en materia de derechos:
Cuando compramos algo en iTunes, no es nuestro, solamente tenemos el derecho a usarlo. El derecho al producto es por tanto limitado y transmitirla a alguien más no es probable que sea aceptado por Apple o Amazon.
Esto no sólo ocurriría con la música, también pasa con los términos de los ebooks.
La misma licencia del famoso Kindle de Amazon dice expresamente que
prohíbe la transmisión de sus libros electrónicos descargados. Strain
dice al respecto que:
A no ser que se indique lo contrario, no se puede sublicenciar o ceder los derechos sobre el contenido digital o parte del mismo a un tercero.
¿Y
qué podemos hacer legalmente los usuarios? La respuesta podría estar en
ceder directamente el dispositivo físico que cuenta con el contenido
digital. En este caso, el “nuevo” usuario se encontraría con otro
problema. Si queremos abrir una nueva cuenta con el dispositivo que se
nos ha dejado, perderemos el contenido alojado anteriormente.
Por
tanto lo más lógico sería entregar simplemente las contraseñas de las
cuentas a los parientes más cercanos para que accedan a iTunes o Amazon.
Sería lo más sencillo, pero, aunque ridículo, volvemos a encontrarnos
con los términos de servicio, los cuales muestran esta actividad como violación en materia de seguridad. Strain lo vuelve a explicar de la siguiente forma:
Permitir que terceros tengan los detalles de nuestra cuenta es una violación de la seguridad según el contrato. Aunque no es una violación directa de los términos de contrato, Apple o Amazon pueden considerar que lo es y poner fin a los privilegios que tenemos de la cuenta.
Esta
terminología que las compañías podrían usar a su favor también entraría
en los servicios de almacenamiento en la nube. Si los archivos se
almacenan de forma remota y sólo accesible por nosotros en nuestra
cuenta, tal y como acordamos en los términos de acceso, la entrega de
nuestras descargas compradas a seres allegados resulta igual de
complicada bajo el marco legal.
En resumen, a día de hoy, resulta
tremendamente complicado ceder nuestras compras en la red una vez
fallecidos (al menos de forma legal). En la mayoría de los casos porque
el marco legal parece decirnos claramente que cuando compramos material
digital, realmente estamos alquilándolo individualmente hasta el fin de
nuestra vida, momento en el que parece que vuelve a ser propiedad de las
plataformas de venta. Si lo extrapolamos al mundo físico, es como si
una vez muerto, las tiendas físicas nos pidieran la devolución de
nuestras compras en vida. Existen muchas formas “alternativas” para
hacer llegar nuestras descargas en compras a quienes queramos, pero
legalmente, parece que los derechos son desfavorables con los usuarios.
Tomado de ALT 1040
No hay comentarios:
Publicar un comentario